Actualidad Noticias

Los consumidores reprochan que la nueva Ley de Acciones Colectivas desampara al sector y beneficia a los grandes despachos
Los consumidores reprochan que la nueva Ley de Acciones Colectivas desampara al sector y beneficia a los grandes despachos

Sus señorías se han dejado algunos deberes para septiembre, entre ellos, algunas legislaciones muy importantes para los consumidores como la futura Ley de acciones coletivas (o Proyecto de Ley de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios), que suma ya más de una decena de periodos de enmiendas en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados. En concreto, la ¿última? fecha límite es el próximo 3 de septiembre y el proyecto aterrizó en... marzo. Sin embargo, la propuesta actual ya ha provocado el descontento de asociaciones como la OCU, la confederación Consumes y EKA - ACUV quienes han presentado un manifesto conjunto. Las 3 organizaciones sostienen que el proyecto ley, 'tal y como está redactado no solo no protegerá eficazmente los derechos de los consumidores' y, avisan, que la futura regulación 'beneficiará a otros actores y dejará desamparados a quienes debería defender'. 

Grandes despachos y fondos de litigios, ¿beneficiarios?  

Las 3 organizaciones de consumidores creen que la futura normativa favorecerá a los grandes despaqchos de abogados y los fondos de litigación 'que persiguen sus propios beneficios, en detrimento de la indemnización real a los afectados' y temen la propia desaparición de organizaciones como la OCU, Consumes y EKA- ACUV. En concreto, lamentan que se obvie apostar por un sistema de financiación pública para las demandas colectivas y adoptar medidas como limitar el porcentaje de retribución de los citados fondos 'al 10% de la cantidad total efectivamente satisfecha a los consumidores'. 

La futura Ley de acciones colectivas supone la adaptación (transposición) a la legislación española de la Directiva europea 2020/1820, aprobada el 25 de noviembre de 2020, sobre las acciones de representación para proteger los intereses de los consumidores. OCU, Consumes y EKA- ACUV critican aspectos del texto como el 'sistema de vinculación por defecto' ('opt-out') para las acciones colectivas, en el que se incluye a todos los consumidores afectados salvo que renuncien expresamente. Para estas asociaciones de consumidores es 'vital' que se informe personalmente a cada persona de los hitos judiciales, se recopile documentación y determine con exactitud el colectivo afectado antes de ir a los tribunales. Algo que, creen, que es imposible con el citado 'opt - out' y critican duramente que se imponga por ley 'cuando la reclamación no supere los 3.000 euros'. 

Negociar saldrá más caro 

Por otra parte, también lamentan que se dificulten el funcionamiento de otros mecanismos de resolución como el arbitraje de consumo y los acuerdos extrajudiciales o el funcionamiento de otras vías de resolución como el arbitraje de consumo. En su opinión, el criterio temporal para dar trámite a diferentes demandas sobre un mismo asunto desincentiva totalmente la negociación de acuerdos extrajudiciales y, señalan, que tampoco ayuda que se exija la 'devolución del remanente' con lo que la empresa demandada no podrá recuperar ninguna cantidad sobre el acuerdo establecido. Es decir, negociar le saldrá más caro.

Quiénes pueden demandar y cómo  

Para las asociaciones que firman el manifiesto lo preferible sería un sistema 'Opt-In', en el que se incluye solo a los consumidores que manifiesten expresamente su interés por adherirse o formar parte de esta acción y reservar el 'Opt-out' 'para procedimientos que versen sobre la defensa de los intereses difusos de los consumidores'. De igual modo, tanto la OCU como la confederación Consumes y EKA - ACUV creen que la futura regulación 'ignora' los informes de instituciones como la Fiscalía General del Estado y el Consejo Económico y Social (CES). En concreto, sostienen que el texto del proyecto de ley 'no protege la labor de las asociaciones de consumidores' especialmente en aspectos como la 'habilitación' de diferentes asociaciones para participar en las acciones colectivas. Al respecto, critican que el principal requisito solo sea 'la justificación de sus actividades unido al criterio temporal' de los últimos 12 meses de vida y exigen condiciones más estrictas para evitar 'oportunistas'  que jueguen con los intereses del consumidor español y se desmantele el tejido asociativo.  

De igual modo, estas asociaciones de consumidores advierten que la futura norma en su actual redacción incentiva la velocidad sobre la calidad de la representación legal de los consumidores. Es decir, sostienen, que el único criterio para determinar qué demanda debe prevalecer sobre otras similares es el temporal. Lo que, a su juicio, puede generar una auténtica 'carrera' en la que se presenten denuncias mal preparadas desde el punto de vista técnico reduciendo las posibilidades finales de éxito de la demanda. 'Proponemos que sean los tribunales los que tengan la facultad de determinar, caso por caso, qué demanda ofrece la mejor defensa de los intereses de los consumidores afectados', exigen desde la OCU, Consumes y EKA-ACUV.  

Consulta la noticia original AQUI

Level AA conformance,
		            W3C WAI Web Content Accessibility Guidelines 2.0
© 2025 - Sernutec - Servicios y Nuevas Tecnologías